La Oroya

Personas expuestas por región: 430330 habitantes (Según el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades – MINSA, el año 2024, 587 personas estuvieron expuestas a metales pesados y metaloides)1

Personas expuestas por región: Urbana y rural

Metales en el ambiente o cuerpo humano: Plomo

Plan regional de atención:

Foto: Agencia Estado de Derecho

Historia

La Oroya es una ciudad ubicada en la cordillera central de Perú, en el departamento de Junín, en 1922, la empresa estadounidense Cerro de Pasco Cooper Corporation instaló el Complejo Metalúrgico de La Oroya para procesar concentrados de minerales con altos niveles de plomo, cobre, zinc, plata y oro, así como otros contaminantes como azufre, cadmio y arsénico. El complejo fue nacionalizado en 1974 y operado por el Estado hasta 1997, cuando fue adquirido por la compañía estadounidense Doe Run Company a través de su filial Doe Run Perú. En 2009, debido a la crisis financiera de la empresa, las operaciones del complejo se suspendieron. Debido a la falta de sistemas adecuados de control, supervisión constante, imposición de sanciones y adopción de acciones inmediatas se permitio que el complejo metalúrgico genere durante décadas niveles de contaminación muy altos que han afectado gravemente la salud de residentes de La Oroya por generaciones. Quienes viven en La Oroya tienen un mayor riesgo o propensión a desarrollar cáncer por la exposición histórica a metales pesados. Si bien los efectos de la contaminación tóxica en la salud no son inmediatamente perceptibles, pueden ser irreversibles o se evidencian a largo plazo, afectando a la población en diversos niveles. Además, los impactos han sido diferenciados —e incluso más graves— entre niños y niñas, mujeres y personas adultas mayores.

La mayoría de las personas afectadas presentó niveles de plomo superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud y, en algunos casos, niveles superiores de arsénico y cadmio; además de estrés, ansiedad, afectaciones en la piel, problemas gástricos, dolores de cabeza crónicos y problemas respiratorios o cardíacos, entre otros. Con el tiempo, se presentaron varias acciones a nivel nacional e internacional para lograr la fiscalización del complejo metalúrgico y de sus impactos, así como para obtener reparación ante la violación de los derechos de las personas afectadas.2

Foto: SPDA
  • 1999, la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, estableció que la fuente principal de contaminación atmosférica en La Oroya era la planta metalúrgica. Dicho documento concluyó que: Los resultados de plomo en sangre obtenidos en la población evaluada de la ciudad de La Oroya sugieren una fuente importante de exposición ambiental al plomo, siendo la más evidente en esta ciudad el complejo metalúrgico de La Oroya. El promedio de plomo en sangre en los niños menores de 10 años fue de 33.6 ug/dl. (microgramos por decilitro) y en la población mayor de 10 años fue de 36.5 ug/dl. superando en tres veces el límite permisible establecido por la OMS de 10 ug/dl. Los valores de plomo en la sangre mayores a los 10 ug/dl. se asociaron directamente con el plomo ambiental generado por las emisiones de la Planta. (…) El tratamiento médico no es recomendable, sino se retira a la persona de la fuente, o se elimina la fuente de exposición. Se ha observado que los niños que reciben tratamiento médico y regresan a vivir a su fuente habitual, contaminado con plomo, recuperan rápidamente los niveles presentados, previos al tratamiento; este incremento agudo en las concentraciones de plomo en la sangre puede tener efectos adversos.
  • Asimismo, se realizaron 4 estudios: año 1999 la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, 2000 por el Consorcio Unión para el Desarrollo Sustentable UNES, 2001 por la empresa Doe Run Perú y 2005 por la Dirección General de Salud del Ministerio de Salud, que acreditaron altos niveles de plomo en la sangre de los pobladores de La Oroya, y determinaron que ello ha generado afectaciones a su salud. También atribuyeron dichos niveles de plomo a la actividad del complejo metalúrgico.

  • Environmental Law Alliance Worldwide, un estudio de limpieza de polvo del 2002 encontró que 100% de las 22 muestras recolectadas de superficies pavimentadas de aceras, parques pavimentados, escuelas preescolares y escuelas primarias donde juegan los niños, oscilaban entre 610 y 5202 microgramos por pie cuadrado, excediendo el estándar estadounidense en ese tiempo de 40 microgramos por pie cuadrado.3
  • 2005, el Ministerio de Salud realizó un censo hemático en el que analizó muestras de sangre de 788 niños y niñas menores de seis años que vivían en el sector denominado La Oroya Antigua y estableció que el 99.9% tenían niveles de plomo por encima del límite máximo recomendado; un informe del mismo año señalo que, resaltó que cuando los niveles de contaminación del aire sobrepasan los límites permisibles pueden causar o agravar problemas respiratorios o cardiovasculares en la población más vulnerable. En ese sentido, destacó que las principales fuentes fijas de contaminación son las instalaciones minero metalúrgicas que se encuentra en La Oroya Antigua y la refinería ubicada en La Oroya Nueva.
  • 2014, el “Plan de la Estrategia Sanitaria Regional de Vigilancia y Control de Riesgos por Contaminación con Metales Pesados y otras Sustancias Químicas” reconoció que a consecuencia de la exposición a estos contaminantes se presentan síntomas que van desde el deterioro irreversible del sistema respiratorio, diferentes tipos de cáncer, efectos adversos en el sistema reproductivo, en el desarrollo, daños a órganos vitales, hasta cambios de conducta y agotamiento permanente sobre todo a niños y niñas menores de 6 años.4

Reportajes periodísticos -Nota de prensa

  • El Estado realizó varias modificaciones en los estándares de control ambiental entre 2008 y 2009 mediante decretos supremos, actualizó los parámetros de dióxido de azufre, cadmio, arsénico, bismuto, antimonio y talio y mediante el Plan de Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles, aprobó nuevos criterios de calidad ambiental del aire y agua; de este modo,  mediante el Programa de Manejo y Adecuación Ambiental – PAMA se concedió plazos de hasta 10 años para que las operaciones antiguas como las de La Oroya, adecuen sus labores a objetivos de protección ambiental. Ello, debido a los grandes cambios tecnológicos, equipamiento, capacitación del personal e inversiones que debían implementar estas empresas, a fin de reducir sus niveles de contaminación ambiental.
  • Se creó la empresa “Activos Mineros S.A.C.” la cual ha desarrollado medidas para remediar el daño ambiental en el suelo por las emisiones de gases y material particulado del complejo metalúrgico de La Oroya; desde el año 2006 se han implementado medidas de rehabilitación de suelos, priorizando la zona urbana de La Oroya; asimismo, se construyó duchas y servicios higiénicos en La Oroya y poblaciones rurales cercanas, así como infraestructura para fortalecer los hábitos de higiene y mejorar las condiciones sanitarias.
  • Implemento una plataforma de información de parámetros críticos generados por 4 estaciones de monitoreo que permite conocer los datos sobre material particulado y dióxido de azufre; aunado a ello, se expiden declaratorias de estados de alerta en casos en que se alcancen los niveles de emergencia, peligro o cuidado, los cuales son incluidos continuamente en la página web de la Dirección General de Salud Ambiental. Igualmente promovio procesos de enseñanza en la comunidad de La Oroya sobre estilos de vida saludables a efectos de disminuir y reducir los efectos de la contaminación por metales pesados en la salud de las personas.5
  • El 2002 un grupo de pobladores de La Oroya interpuso una acción de cumplimiento contra el Ministerio de Salud y la Dirección General de Salud Ambiental ante el 22° Juzgado Civil de Lima, para proteger sus derechos a la salud y a un medio ambiente sano, así como los del resto de la población de La Oroya, siendo concedida logrando que el 12 de mayo de 2006 el Tribunal Constitucional dicte sentencia favorable a la acción de cumplimiento declarando que las autoridades estatales violaron las obligaciones que les eran vinculantes en relación con los derechos a la salud y el ambiente de los pobladores de La Oroya, y ordenando a éstas la implementación de varias medidas, para lo cual otorgó un término de 30 días. Precisa que el Tribunal dispuso i) la implementación de un sistema de emergencia para atender la salud de las personas en la ciudad; ii) un diagnóstico de línea de base para la implementación de los planes de acción para el mejoramiento de la calidad del aire; iii) acciones tendientes a declarar estados de alerta; y iv) acciones tendientes a establecer programas de vigilancia epidemiológica y ambiental en la zona. Señala que la sentencia fue notificada el 27 de junio de 2006 al Estado, llegando a su término para cumplir el 27 de julio siguiente, sin que éste cumpliera con ninguna de las medidas ordenadas por el Tribunal Constitucional.
  • 2005, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA), Earthjustice y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) presentó una solicitud de medidas cautelares destinada a proteger el derecho a la vida, integridad personal y salud de 66 personas, a tal efecto adjuntó el listado respectivo. Tras solicitar información a las partes, el 31 de agosto de 2007 la Comisión otorgó las medidas en relación con las 65 personas solicitándole al Estado peruano que adoptara las acciones pertinentes para brindar un diagnóstico médico especializado para los beneficiarios; proveyera tratamiento médico especializado y adecuado para aquellas personas cuyo diagnóstico demuestre que se encuentran en una situación de peligro de daño irreparable para su integridad personal o su vida y; efectuara coordinaciones con la parte peticionaria y los beneficiarios para su implementación. El 3 de mayo de 2016 la CIDH decidió ampliar la medida a favor de 14 personas.
  • 2006, la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA), Earthjustice y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), presentaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recibió una petición en la cual se alega la responsabilidad internacional de la República del Perú en perjuicio de un grupo de personas pobladores de la comunidad de La Oroya, como consecuencia de supuestos actos de contaminación realizados por un complejo metalúrgico en dicha comunidad.6
Foto: Conferencia La Oroya
  1.  Minsa, Solicitud de Información: SAIP Nº24 – 012087: Definición de Caso Sospechoso o Expuesto:  Es toda persona con antecedente de exposición a una fuente natural o antropogénica, con presencia de metales pesados y metaloides (en agua o aire o suelo o alimentos) que supera los valores establecidos, sin manifestaciones clínicas de intoxicación aguda o crónica por metales pesados y metaloides.
  2. INFORME No. 330/20 CASO 12.718 INFORME DE FONDO COMUNIDAD DE LA OROYA PERÚ 
  3. Environmental Law Alliance Worldwide – Comunidad de La Oroya gana decisión judicial histórica https://elaw.org/es/community-of-la-oroya-wins-landmark-court-decision
  4. INFORME No. 330/20 CASO 12.718 INFORME DE FONDO COMUNIDAD DE LA OROYA PERÚ 
  5. Ibidem
  6. Ibidem